Los podólogos desempeñan un papel esencial en el tratamiento de las patologías del pie, en particular mediante la prescripción y adaptación de órtesis plantares. Los recientes avances legislativos les confieren más responsabilidades y capacidades en este ámbito. A continuación se ofrece un resumen de las disposiciones legales vigentes y de las condiciones que deben respetarse.
Renovación y adaptación de recetas médicas
El Decreto nº 2009-983, de 20 de agosto de 2009, introdujo una disposición en el artículo D.4322-1-1 del código de salud pública. Esta disposición permite a los podólogos renovar y, en su caso, adaptar las recetas médicas de ortesis de pie con fecha inferior a tres años.
Para poder realizar estas renovaciones o adaptaciones deberán respetarse dos condiciones acumulativas:
- Ausencia de exclusión por parte del médico : El médico no debe haber excluido expresamente en la prescripción inicial la posibilidad de renovación y adaptación sin nueva prescripción.
- Información del médico prescriptor : El podólogo-podólogo debe informar al médico prescriptor (u otro médico designado por el paciente).
Cubierto por un seguro médico
El Decreto N° 2019-835, de 12 de agosto de 2019, también permite que el seguro de salud cubra la renovación y adaptación por parte de un podólogo-podólogo de una prescripción médica inicial de ortesis de pie. Esta medida beneficia directamente a los pacientes, facilitándoles el acceso a la atención y al equipamiento ortopédico necesario.
Novedades legislativas de 2023
La Ley N° 2023-379 del 19 de mayo de 2023 , también conocida como ley RIST, trajo avances significativos al ampliar las habilidades de los podólogos-podólogos. A partir de ahora, los podólogos-podólogos podrán prescribir directamente ortesis de pie sin necesidad de prescripción médica previa, salvo indicación explícita en contrario del médico tratante.
Gracias a los decretos de 2009 y 2019, así como a la ley de 2023, los podólogos-podólogos tienen ahora mayor autonomía para gestionar las prescripciones de ortesis de pie. Pueden renovar y adaptar las prescripciones existentes y, en algunos casos, prescribir directamente ortesis para los pies. Este desarrollo promueve una mejor continuidad de la atención a los pacientes y simplifica el proceso de tratamiento.
Para más información, puede consultar los trámites ordinales y preguntas recurrentes en el sitio web de la ONPP aquí .